“El yo, no obstante el carácter relativamente desconocido e inconsciente de sus bases, es un factor consciente por excelencia. Es, incluso, una adquisición empírica de la existencia individual. (…) Pese a la amplitud de sus bases, que no puede pasarse por alto, el yo no es nunca menos que la conciencia en general. Como factor consciente, podría hacerse de él, teóricamente al menos, una descripción completa. Pero ello no daría sino una imagen de la personalidad consciente, en la que faltarían todos los rasgos que permanecen desconocidos o inconscientes para el sujeto; mientras que la imagen conjunta de la personalidad debería incluir esos rasgos. Ahora bien; una descripción total de la personalidad es absolutamente imposible, aún desde el punto de vista teórico, porque no se puede aprehender la parte inconsciente. Esta, como la experiencia lo muestra hasta la saciedad, no es en modo alguno insignificante: cualidades realmente decisivas son a menudo inconscientes, y sólo pueden ser observadas por las personas del entorno, o aún, muchas veces, deben ser descubiertas laboriosamente con ayuda de recursos técnicos.
El fenómeno total de la personalidad no coincide, evidentemente con el yo, es decir, con la personalidad consciente, sino que constituye una magnitud que debe ser diferenciada de aquél. Tal necesidad se impone sólo, como es natural, para una psicología que se aboque al hecho de lo inconsciente. Pero para ésta resulta de la más extrema importancia esa distinción. Inclusive para la práctica jurídica ha de resultar significativo que tal o cual hecho psíquico sea consciente o inconsciente, por ejemplo en la determinación de la responsabilidad legal.
Por eso he propuesto dar a esa personalidad conjunta, presente pero no íntegramente aprehensible, la denominación de Sí-mismo. El yo está, por definición, subordinado al Sí-mismo, respecto del cual se comporta como una parte con respecto al todo. Tiene, dentro de los límites del campo de conciencia, libre albedrío, como suele decirse. Por este concepto no entiendo nada filosófico, sino el notorio hecho psicológico de la llamada decisión libre, en relación con el sentimiento subjetivo de libertad. Pero, tal como nuestro libre albedrío choca en el entorno con el orden de lo necesario, así también encuentra sus límites, más allá del campo de conciencia, en el mundo interno, subjetivo, allí donde entra en conflicto con los hechos del Sí-mismo”
Carl Gustav JUNG